Un conductor utilizando las chanclas como calzado para conducir

Un conductor utilizando las chanclas como calzado para conducir

El pulso de la ciudad

Estas son las sanciones a las que te enfrentas por conducir con chanclas

Tráfico avisa de las infracciones más frecuentes al volante en la época estival

2 agosto, 2022 10:48

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En plena ola de calor y el repunte contante de las temperaturas, el tipo de calzado que utilizamos cambia totalmente. Las chancletas y las sandalias están a la orden del día y es cuando aparecen todas las dudas. ¿Es legar conducir con ellas? ¿Nos pueden multar?

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha señalado que el Reglamento General de Circulación (RGC) no establece ninguna norma específica sobre el calzado en la conducción, por lo que no es sancionable el hecho de ir conduciendo con un calzado concreto. Por el contrario, si un agente opina que las chanclas no te permiten manejar bien los pedales, te puede multar con hasta 80 euros.

Para ampararse a la ley, el policía puede referirse a varios artículos del RGC que se refieren a la obligatoriedad del conductor de garantizar libertad de movimientos en el vehículo. Por lo que el agente podría sancionar al piloto porque con las chanclas no establece una conducción segura.  

¿QUÉ DICEN LOS ARTÍCULOS?

El Artículo 3.1 hace referencia al modo de conducción, con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno; el artículo 18.1 habla sobre la obligación del conductor de mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción; y debe mantener la posición adecuada y el artículo 17.1 establece que los conductores deben estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo.

ALCOHOL

Paralelamente, la DGT recuerda que el alcohol es uno de los factores de riesgo más frecuentemente implicados en los accidentes de tráfico y está presente en más del 30% de los siniestros. La sanción oscila entre los 500 y los mil euros, además de conllevar la pérdida de hasta seis puntos del carnet de conducir.

Por otro lado, no respetar la distancia de seguridad que permita detener el vehículo en caso de frenazo brusco sin colisionar supone una infracción grave y conlleva 200 euros de sanción y la pérdida de cuatro puntos del carnet de conducir.