Entrada de un edificio de viviendas del Clot con un largo historial de okupaciones / G.A

Entrada de un edificio de viviendas del Clot con un largo historial de okupaciones / G.A

Sucesos

Colegio de Abogados: "Se podrá desalojar a los okupas en tres días"

El vocal del ICAB, Julio Naveira, cree que la orden de Fiscalía sobre las desaokupaciones es insuficiente

22 septiembre, 2020 00:00

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La Fiscalía General del Estado emitió el pasado 16 de septiembre para agilizar las desocupaciones ilegales de viviendas. La instrucción autoriza a los fiscales a solicitar el desalojo inmediato cuando haya "indicios sólidos" de delito en primeras y segundas residencias. La Comisión Normativa del Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB) cree que la instrucción es poco ambiciosa y que se limita a recordar las actuaciones que los fiscales ya podían ejecutar. También admite que, si se aplica, los desalojos podrían ejecutarse en tres días, reduciendo el tiempo de espera mínimo actual de seis meses. 

"Lo importante es que la Fiscalía se ha dado cuenta de que hay un problema y ordena a los fiscales que soliciten la medida cautelar", señala Julio Naveira, vocal de esta comisión. El letrado denuncia que hasta ahora no hayan usado esta posibilidad y apunta a una "permisibilidad mal entendida" durante estos últimos años mientras las okupaciones han ido creciendo. "Estamos de acuerdo con que en España existe una falta de vivienda social, pero cuando se produce un delito se debe actuar", argumenta.

48 HORAS

Aunque valora que la instrucción de la Fiscal General, Dolores Delgado, puede "ayudar" para acelerar los desalojos, el abogado subraya que la última palabra sigue siendo del juez que puede aceptar o rechazar el desalojo. En esta línea, Naveira pone en valor la propuesta del ICAB presentada hace unas semanas para modificar la Ley y que sea el mismo magistrado el que pueda desalojar a los okupas en 48 horas como medida cautelar.

Biblioteca del Colegio de la Abogacía de Barcelona / ICAB

Biblioteca del Colegio de la Abogacía de Barcelona / ICAB


El vocal del ICAB atiende a víctimas de okupaciones en Mataró, una de las ciudades catalanas más afectadas por este fenómeno. Actualmente recomienda al afectado que denuncie por la vía civil, un proceso que se prolonga un mínimo de seis meses. Si la instrucción se pone efectivamente en práctica, el letrado apuesta por la vía penal para lograr los desalojos en tres días. Hasta ahora, lamenta el letrado, los casos denunciados por la vía penal se pueden alargar dos y tres años debido a la lentitud de la justicia.

FAMILIAS VULNERABLES

Naveira también pide más rapidez para desalojar a las familias vulnerables. La orden de la Fiscalía detalla que los fiscales deberán poner los hechos en conocimiento de los Servicios Sociales "a fin de que adopten, con carácter necesariamente previo al desalojo las medidas oportunas para su protección preveyendo en su caso las soluciones residenciales que procedan". En la práctica, considera que la medida cautelar no se podrá llevar a cabo. "Una cosa es que el juez busque alternativas sociales y otra es que hasta que no haya alternativa no se pueda desalojar".

Edificio con varias okupaciones en el barrio del Clot / G.A

Edificio con varias okupaciones en el barrio del Clot / G.A


Sobre las familias vulnerables, que pagan un dinero a las llamadas mafias de la okupación para vivir en un piso, el abogado del ICAB asegura que estas personas deben optar por pedir una vivienda social. "Las familias vulnerables que pagan 2.000 euros por entrar en un piso saben que se ha cometido un delito", argumenta. 

MINISTERIO INTERIOR

El problema de la okupación también preocupa al Ministerio de Interior que el pasado 17 de septiembre, dos días después de la publicación de la orden de la Fiscalía, dictaba otra instrucción dirigida a la actuación de los policías. El vocal del Colegio de Abogados de Barcelona valora positivamente este documento (instrucción 6/2020) porque permite el desalojo inmediato de los okupas directamente por parte de las fuerzas y cuerpos de seguridad en caso de delito flagrante.

El conocimiento del delito por parte de la policía, explica el abogado, se puede dar durante las primeras horas de la okupación, pero también durante las próximas semanas y meses. El famoso plazo de las 48 horas para desalojar a alguien sin orden judicial no es una realidad. Desde el ICAB ponen como ejemplo la ocupación de un apartamento veraniego al que un hombre llega seis meses después del allanamiento. El delito sigue siendo flagrante y se debería solicitar el desalojo inmediato.