Mujer preocupada por un retraso de su vuelo

Mujer preocupada por un retraso de su vuelo

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¿Cuáles son nuestros derechos en caso de cancelación de un vuelo?

Conocer los pasos que debemos dar ante las aerolíneas nos protege tanto ante retrasos como anulaciones de vuelos ya contratados

25 mayo, 2022 12:59

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Pese a lo habituados que estamos a viajar a raíz de la irrupción de las aerolíneas low cost, existe todavía un gran desconocimiento en torno a las posibilidades con las que contamos en el momento de llevar a cabo todo lo relacionado con la reclamación por cancelación de un vuelo. Cuando tenemos un viaje planificado y nos enfrentamos al desafío de tener que actuar ante un vuelo cancelado, una de las primeras acciones que solemos llevar a cabo es informarnos acerca de la política de la cancelación de la compañía en cuestión. Buscando información, por ejemplo, acerca de Vueling y sus reclamaciones, o de cualquier otra con la que tengamos el billete comprado.

En este artículo te contamos todo lo que tienes que saber en torno a los derechos de los pasajeros cuando dejamos que nos cancelen el vuelo y cuáles son las opciones que tenemos en el caso de que se produzcan este tipo de situaciones o, en su defecto, cuando se retrasa de manera notable. Es una información a tener en cuenta cuando se acerca el verano y estamos más predispuestos a viajar durante las vacaciones.

DERECHOS DE LOS PASAJEROS

En primer lugar, en el momento de solicitar una indemnización por un vuelo cancelado, es importante que tengamos en cuenta que únicamente están protegidos todos aquellos viajeros que realicen desplazamiento dentro de la Unión Europea. Además, también cuando se realizan viajes internacionales.

En el caso de Estados Unidos, por ejemplo, no existe una protección legal en ese sentido. Además, en algunos países funcionan a través de diferentes regulaciones específicas de acuerdo al marco legal de cada uno de ellos.

CANCELACIÓN DENTRO LA UE

Cuando se produce una cancelación dentro de la Unión Europea, nos tenemos que acoger al CE 261. En este caso, quedan cubiertas todas las cancelaciones que se notifique con, al menos, 14 días de antelación si no nos ofrecen un vuelo alternativo. Las excepciones que no cubren esta situación es si se produce un aviso de entre 7 y 13 días en el caso de que el vuelo salga con una antelación máxima de dos horas y aterrice, como mucho, durante las horas siguientes a la planificada inicialmente. También si se ofrece un vuelo que sale una hora antes y que llega, como mucho, dos horas después a la planificada inicialmente en el caso de que se ofrezca una alternativa durante los siete días anteriores al vuelo.

En estos casos, la indemnización varía entre los 250 y los 600 euros en función de la distancia del trayecto en cuestión, del tipo de trayecto y de la duración del retraso si se acepta una alternativa. En el caso de que se rechace la alternativa, tenemos derecho a recibir una compensación económica y al reembolso del bilete. Además de un vuelo de vuelta en el caso de ser necesario.

CANCELACIÓN INTERNACIONAL

Dependerá del país en el que nos encontremos. Sin embargo, es habitual que en este caso las aerolíneas cuentan con su propia política interna al respecto. Por lo que es conveniente que nos ciñamos a la misma.

Por otro lado, también importa saber qué ocurre si mi vuelo se retrasa.

RETRASOS EN LA UE

Al igual que ocurría en el anterior caso, todos los derechos están recogidos en el Reglamento 261 / 2004 del Parlamento Europeo y del Consejo.

  • No solamente se incluye a la Unión Europea, también Islandia y Suiza.
  • Los retrasos que se indemnizan son aquellos que son superiores a las tres horas desde la hora de llegada prevista.
  • La indemnización puede oscilar entre los 250 y los 600 euros en función de nuestras necesidades.
  • Los pasajeros tienen derecho a un reembolso o vuelo alternativo si el retraso es superior a las cinco horas.

EN ESTADOS UNIDOS

En el caso de Estados Unidos, los derechos de los pasajeros son muy reducidos.

Al igual que ocurría en el anterior caso, debemos acudir a la propia normativa de cada una de las aerolíneas para conocer el alcance de las posibilidades en términos de indemnización con los que contamos.

DESPLAZAMIENTO INTERNACIONAL

En el año 2003 se firmó el Convenio de Montreal, que protege a los pasajeros de los vuelos internacionales en más de 120 países. Según el mismo, los pasajeros pueden reclamar por el daño resultante de la incidencia. Conviene conocer que, al igual que ocurre en otros países, no se cubre lo relacionado con las circunstancias extraordinarias. Existe un escenario en el que es necesario estudiar el detalle para poder conocer su alcance.

Como hemos podido comprobar, son muchos los derechos que los pasajeros aéreos tienen en el momento de llevar a cabo un vuelo tanto nacional como internacional. Debemos acudir a los sitios web especializados a llevar a cabo la tramitación necesaria para que sus profesionales se encarguen de todo lo relacionado con esta cuestión para lograr la compensación correspondiente en cada caso concreto.

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