Vicenç Flores, el agente de la Guardia Urbana despedido / ASSOCIACIONS PER A LA INTEGRACIÓ LABORAL

Vicenç Flores, el agente de la Guardia Urbana despedido / ASSOCIACIONS PER A LA INTEGRACIÓ LABORAL

Información municipal

Varapalo contra el Ayuntamiento por el despido de un guardia urbano herido

Una sentencia judicial da en parte la razón a un exagente jubilado por incapacidad total que no pudo acceder a la segunda actividad

26 noviembre, 2020 12:47

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Nuevo varapalo judicial contra el Ayuntamiento de Barcelona. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Barcelona ha dado la razón a un exagente de la Guardia Urbana, Vicenç Flores, en su lucha contra el consistorio para ser readmitido en el cuerpo después de que en 2010 fuera declarado en situación de incapacidad permanente total. De esta forma, se privó a Flores de pasar al régimen de segunda actividad -destinada para policías con minusvalías que no pueden cumplir con los servicios ordinarios- al que tenía derecho. El policía fue obligado a jubilarse en 2010 con 30 años y el 55% del sueldo.

Ahora, la citada sentencia dictamina que el Ayuntamiento de Barcelona "vulneró el derecho fundamental" de Flores a la igualdad y a la no discriminación al negar al expolicía "una evaluación funcional alternativa" para acceder a la segunda actividad laboral. Flores se dirigió al juzgado barcelonés para que se diera cumplimiento a un dictamen -no vinculante- del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas del 2 de abril de 2019 que le daba la razón. Metrópoli Abierta ya se hizo eco en abril de 2019 del dictamen de la ONU, que decía que el consistorio discriminó a Flores por razones de discapacidad.

PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 ha estimado en parte el recurso de Flores "de protección de derechos fundamentales" y contra "la desestimación por silencio administrativo negativo" de la solicitud de acatamiento del dictamen del ONU que el expolicía presentó ante el Ayuntamiento. A raíz del contencioso-administrativo, Flores y su abogado, Rafael Cid, tuvieron acceso a dos informes internos municipales que concluían que el Ayuntamiento no tenía la obligación de obedecer a la ONU. 

Según el letrado, la prueba que el Ayuntamiento tiene que practicar a Flores es "previa" y no implica todavía que tenga que ser readmitido. "Es para saber si hubiera podido ocupar un puesto de segunda actividad". La sentencia se puede recurrir, y muy probablemente el consistorio lo hará, opina Cid. "Tiene 15 días para ello. Pero aunque lo haga, pediremos la ejecución provisional". 

El abogado reconoce que todavía pueden pasar años hasta que haya una sentencia firme si se agotan todos los recursos. Por lo pronto, si el consistorio recurre ahora, el caso pasará al Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, que no fallará antes de un año. Flores tiene claro que el Ayuntamiento recurrirá. "Hasta que haya una sentencia firme pueden pasar 10 años. Juegan a eso, a dar largas".

Agentes de la Guardia Urbana / AYUNTAMIENTO DE BARCELONA

Agentes de la Guardia Urbana / AYUNTAMIENTO DE BARCELONA


EFECTOS RETROACTIVOS

La sentencia actual también condena al Ayuntamiento a pagar a Flores los gastos judiciales que le supuso dirigirse a la ONU, por valor de 1.210 euros, sin perjuicio de que en el caso de que el consistorio determine que el exagente hubiera podido desempeñar un trabajo en segunda actividad -desde 2010, cuando fue jubilado con la incapacidad total- se reconozcan los efectos retroactivos "a todos los efectos legales, administrativos y económicos", dice el magistrado.

En cambio, la sentencia no concreta daños morales y se limita a decir que el Ayuntamiento "restablecerá de forma suficiente los daños del recurrente". Cid comenta que el juez no ha estimado en su totalidad los daños morales. Flores lo puede recurrir, pero el abogado dice que tienen que pensarlo bien. El resto de la sentencia es un "apoyo claro a la causa" del exguardia urbano. El fallo incluso plantea sacar del ordenamiento jurídico el artículo que utilizó el Ayuntamiento para dejar fuera de la segunda actividad a Flores.

ACCIDENTE EN MOTO EN ACTO DE SERVICIO

El agente jubilado lleva años pleiteando. En 2009, el policía sufrió un accidente de moto en acto de servicio cuando acudía a una llamada de auxilio de una mujer que estaba siendo agredida por su pareja en el distrito de Sant Martí. Tenía 29 años. Fue operado del aplastamiento en un pie. Parecía que se recuperaba, pero un año después la lesión se le agravó de forma definitiva cuando, estando fuera de servicio, intentó evitar un robo con fuerza, cerca del metro de Collblanc.

Flores intentó acceder a la segunda actividad, pero esta posibilidad se le denegó, tanto por la vía administrativa como judicial, y fue jubilado. Ninguno de los tres alcaldes que han gobernado la ciudad estos años, Jordi HereuXavier Trias y ahora Ada Colau, han sido capaces de solucionar el caso. En declaraciones a Metrópoli Abierta, Flores asegura que no pleitea por dinero sino por justicia y porque está en perfectas condiciones de trabajar, por ejemplo en un despacho. Actualmente, el expolicía es profesor de secundaria. Es graduado en Prevención y Seguridad Integral y tiene dos másteres, uno de ellos para dar clase en institutos.

REACCIONES DE CSIF

El sindicato CSIF, con representación en la Guardia Urbana, ha sido el primero en reaccionar a la sentencia. La Central Sindical Independiente y de Funcionarios ha pedido el cumplimiento inmediato del fallo y "el cese en la discriminación por discapacidad sobrevenida y que el pase a una segunda actividad no se limite a personas con un grado de discapacidad parcial".

El año pasado, este medio ya avanzó el caso de otro guardia urbano, Manuel A.B., que fue obligado a jubilarse por una incapacidad permanente total. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) obligó al Ayuntamiento de Barcelona a readmitirlo y a indemnizarlo. El consistorio presentó un recurso ante el Tribunal Supremo, pero no fue admitido a trámite.