El Camp Nou, el estadio del Barça / EFE

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Sucesos

Cuatro años de cárcel para un masajista del Barça por abusos sexuales

Jaume J. Ll. trabajaba desde hacía 30 años como fisioterapeuta en el club

10 septiembre, 2020 13:46

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La Audiencia de Barcelona ha condenado a cuatro años de prisión por un delito de abuso sexual a un hombre que trabajaba como fisioterapeuta en el Fútbol Club Barcelona, a inhabilitación para el ejercicio de su profesión durante dos años y al alejamiento de su víctima no menos de mil metros.

En su sentencia, la sección 6 de la Audiencia de Barcelona considera probado que el condenado, Jaume J.Ll., cometió abuso sexual sobre una persona de las instalaciones del Barça mientras realizaba sesiones de fisioterapia.

FISIOTERAPEUTA DEL CLUB DURANTE 30 AÑOS

El condenado trabajaba desde hacía treinta años como fisioterapeuta y osteópata del FCB, habiendo desarrollado las funciones de coordinador de fisioterapeutas y del equipo de fútbol de primera división.

En el 2016, cuando ocurrieron los hechos, realizaba las funciones de fisioterapeuta para los empleados del club en un consultorio situado en las mismas instalaciones del Fútbol Club Barcelona, en Les Corts.

CUATRO AÑOS DE PRISIÓN

En aquel entonces, la víctima sufría una patología de cervicales y, de acuerdo con el tratamiento médico que le recomendaron los doctores del club, inició estas sesiones de fisioterapia en diciembre de 2016.

La sección 6 de la Audiencia de Barcelona condena por estos hechos a Jaume J.Ll. como autor de un delito consumado de abuso sexual a una pena de cuatro años de prisión, frente a los siete que solicitaba inicialmente la Fiscalía.

CONDENA

Además, le impone una inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de osteópata o fisioterapeuta por el plazo de dos años, y un alejamiento de la mujer a una distancia no inferior a 1.000 metros.

También establece la sentencia la prohibición de comunicación con la mujer por cualquier medio, ya sea escrito, telefónico o telemático por el plazo de dos años superior a la pena privativa de libertad impuesta.

Por otro lado, la Audiencia de Barcelona lo condena al pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular, y a una indemnización de 10.000 euros para la víctima en concepto de daños y perjuicios causados.