El Ayuntamiento de L'Hospitalet abrirá una línea 900 para ayudar a empresas y autónomos / TUEXPERTO.COM

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Gran Barcelona

L'Hospitalet abre un número de teléfono gratis para empresas

Este canal, que también va a autónomos, resuelve dudas sobre el último decreto del Gobierno español

30 marzo, 2020 16:58

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El Área Municipal de Ocupación, Empresa, Turismo y Economía Social de L'Hospitalet de Llobregat ha facilitado un teléfono gratuito (el 900924925) para consultas ciudadanas sobre la ocupación, autónomos y empresas ante la alarma por Covid-19, que también atienden por correo (covid19empreses@l-h.cat).

Estos dos canales informan de las medidas que los gobiernos catalán y español han decretado en apoyo a la actividad económica, y también aclaran dudas acerca del último decreto del Gobierno, firmado este domingo, sobre la suspensión de las actividades económicas no ligadas a servicios esenciales, según ha asegurado el consistorio en un comunicado este lunes.

TAMBIÉN CON LOS HABITUALES

Por otro lado, los servicios de información y asesoramiento se continúan prestando a través de los números de teléfono habituales. Concretamente, son los de la Oficina de Servicios a la Empresa (93 403 69 33 y 93 402 60 23), el Servicio de Información y Orientación Laboral (93 402 60 20) y la agencia de colocación municipal (93 402 60 06). También se pueden hacer consultas a través del 010.

El Ayuntamiento ha recordado que el 17 de marzo ya acordó medidas tributarias extraordinarias y que modifican el calendario del contribuyente.

El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM), el de circulación, y los vados, en el caso de los recibos domiciliados, se pasarán el 4 de mayo en vez del 1 de abril; y para los no domiciliados se alarga el fin del periodo de pago voluntario hasta el 3 de junio.

OTRAS MEDIDAS

En cuanto a tasas sobre actividades o servicios que no se puedan llevar a cabo durante este tiempo, como terrazas y veladores de bares y restaurantes y las que se aplican en mercados ambulantes, en las cuotas se reducirá la parte correspondiente al tiempo en que la actividad o servicio está suspendido o cerrado.

También se aplicará la reducción proporcional en las tasas que corresponden a la prestación de servicios de recepción obligatoria que sea imposible recibir.