Sede de TMB en Barcelona / AJ BCN

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El pulso de la ciudad

Denuncia contra TMB por "malversación de caudales públicos"

El sindicato CGT reclama que la compañía cumpla con los "créditos horarios" legales para liberados sindicales

26 noviembre, 2021 00:00

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Transports Metropolitans de Barcelona (TMB) y su presidenta, la teniente de alcaldía y concejal de Movilidad de la capital catalana, Laia Bonet, se enfrentan a una denuncia por un presunto "delito de malversación de caudales públicos".

La sección sindical de bus de TMB de la Confederación General de Trabajadores (CGT) ha interpuesto una demanda ante la Fiscalía de Barcelona para solicitar que la compañía cumpla con los "créditos horarios y permisos sindicales" que se ajustan a la legalidad vigente, algo que, según CGT, no sucede en la actualidad pese a existir una sentencia del Tribunal Supremo (TS) que así lo ordena. Fuentes de TMB, en cambio, aseguran que se está cumpliendo de forma escrupulosa la sentencia.

LIBERADOS SINDICALES

En 2012, la publicación de un Real Decreto prohibió a las empresas públicas conceder más horas de las establecidas legalmente a los liberados sindicales. Transports de Barcelona S.A., rama de TMB encargada de la gestión del servicio de autobús público, superaba con creces las horas marcadas por la ley. Una situación que la CGT trasladó a los tribunales en 2015 mediante una demanda ante el Juzgado de lo Social.

Pese a que en primera instancia se desestimó la petición, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) dio, en 2019, la razón al sindicato. El máximo órgano del Poder Judicial en la comunidad catalana estimó el recurso de suplicación y declaró que “los créditos horarios y permisos sindicales que Transports de Barcelona S.A. concede a representantes de los trabajadores de secciones sindicales deben ajustarse a lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto Ley 20/2012 reduciendo el número de horas” establecidas para los sindicatos.

La presidenta de TMB, Laia Bonet, durante una rueda de prensa / EUROPA PRESS

La presidenta de TMB, Laia Bonet, durante una rueda de prensa / EUROPA PRESS

En su sentencia, el TSJC indicó que la mencionada reducción horaria "no resulta de una decisión voluntaria de la empresa, sino una decisión impuesta por una ley, a la que queda sujeta como empresa pública”. El alto tribunal condenó a la empresa a "estar y pasar por dicha declaración a todos los efectos y consecuencias legales”.

TRIBUNAL SUPREMO

La cuestión llegó al Tribunal Supremo, después de que Transports de Barcelona S.A. y los sindicatos CCOO, UGT y SIT interpusieran un recurso de casación que finalmente no se admitió.

El máximo órgano judicial español dictó una resolución el pasado mes de julio. Confirmó la firmeza de la sentencia recurrida sin que proceda recurso alguno contra la misma. “La reducción horaria establecida en el RD Ley 20/2012, deviene de obligatoria aplicación, tiene primacía sobre el Convenio Colectivo y afecta a la reducción del crédito sindical, sin que ello suponga una vulneración del derecho de libertad sindical visto que la reducción del crédito horario no resulta de una decisión voluntaria de la empresa, sino una decisión impuesta por una ley, a la que queda sujeta como empresa pública", sentencia el escrito del Supremo.

Pese a esta resolución definitiva, CGT asegura que TMB no está cumpliendo con la reducción de horas exigida por la justicia y, el pasado lunes, el sindicato denunció a Bonet ante la Fiscalía de Barcelona en calidad de presidenta de la compañía pública.

Autobús de TMB / EUROPA PRESS

Autobús de TMB / EUROPA PRESS

MALVERSACIÓN DE FONDOS PÚBLICOS

Saturnino Mercader, secretario general de la sección sindical de CGT de autobuses de TMB, explica que la compañía afirmó que aplicaría la sentencia "a partir del 1 de noviembre", algo que afirma que no ha sucedido. "La empresa se burla de la sentencia del Supremo, porque vuelve a conceder bolsas de horas a los sindicatos por encima de la ley con la excusa de que se negocia el refundido de convenio" de Transports de Barcelona. El sindicalista asegura que dicho refundido, es decir, la actualización del convenio, "ya está hecho". Además, apunta que para la "certificación del convenio jamás se habían dado estas horas".

Respecto a la presunta malversación de fondos públicos, Mercader apunta que, desde que se publicó el Real Decreto (de 2012) hasta que se ha obligado a acatarlo, el perjuicio se estima en unos 19.000 euros mensuales. Hay que tener en cuenta que cada hora supone un desembolso de unos 30 euros, una cifra que se debe multiplicar por el tiempo otorgado a cada sindicato y añadir 40 horas más que responden a cada uno de los 13 delegados por comisión negociadora. El gasto anual asciende a unos 228.000 euros anuales, según CGT.

DENUNCIA A FISCALÍA

La CGT garantiza que la compañía no cumple la sentencia dictada por el Tribunal Supremo que obliga a la reducción de horas de los liberados sindicales, por lo que ha interpuesto una denuncia ante la Fiscalía al considerar que estos hechos "podrían ser constitutivos de un delito de malversación de caudales públicos, o cualesquiera otros tipificados en el vigente Código Penal".

Escrito de denuncia a TMB

Escrito de denuncia a TMB

Por ello, el sindicato solicita que "se realicen las averiguaciones pertinentes y, en su caso, se incoe el procedimiento penal correspondiente contra la denunciada o los responsables del presunto ilícito penal".

La petición del sindicato está defendida por el despacho barcelonés Puig Gonell Advocades y la denuncia se interpone contra Bonet, en calidad de presidenta de TMB.

TMB AFIRMA QUE ACATA LA SENTENCIA

Fuentes de TMB han garantizado a Metrópoli que la empresa pública cumple con la sentencia dictada por el Tribunal Supremo desde el pasado 1 de noviembre.

Así lo notificó la compañía el pasado 27 de octubre al Juzgado de lo Social número 17 de Barcelona, al que presentó un escrito en el que indicó el crédito sindical del que dejaría de disponer. Para Liberados Permanentes del Comité de Empresa, regulado en el artículo 75 del Convenio Colectivo 1998-2001, la afectación supone un total de 4.998 horas anuales, mientras que la Bolsa de horas de la Sección Sindical, regulada en el artículo 76 del Convenio Colectivo 98-2001, la reducción se traduce en 3.300 horas anuales por sección sindical.

Los Liberados por Sección Sindical regulados en el artículo 76 del Convenio Colectivo 1998-2001 dejan de disponer de 4.998 horas anuales por sección sindical, mientras que para Liberados de Federación regulados en el artículo 77 del Convenio Colectivo 1998-2001 y el acuerdo con ambos sindicatos del año 1999 la afectación alcanza las 6.664 horas anuales.

SINDICATOS

Fuentes de ACTUB, otro sindicato con representación en la empresa de bus de TMB, explican que, tras la sentencia del Tribunal Supremo, "indudablemente se siguen dando horas de más" a liberados sindicales, pero reconocen que la compañía realiza ahora "un reparto más uniforme" entre las secciones sindicales.

Desde el SIT, uno de los sindicatos que interpuso el recurso de casación ante el Supremo, apuntan que disponen de unas horas sindicales pactadas en convenio inferiores a las que les correspondería, "aplicando los comités intercentros que ampara el estatuto", y remarcan que desde el colectivo "se acatan las sentencias".